Aumentan condena contra militar (r) por homicidios calificados
DD.HH. Corte de Apelaciones de La Serena sentenció al acusado por tres asesinatos ocurridos en Calama.
La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la sentencia dictada por el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos, Vicente Hormazábal Abarzúa, en la parte que condenó Adolfo Fernando Born Pineda como autor de tres delitos de homicidio calificado cometidos en las personas de Francisco Valdivia Valdivia, Luis Busch Morales y Andrés Rojas Marambio. Ilícito perpetrados el 6 de octubre de 1973, en Calama.
La Primera Sala del tribunal de alzada, aumentó de 10 a 20 años de presidio efectivo, la pena que deberá cumplir Born Pineda como autor de tres delitos de homicidio.
En esta sentencia se acreditó que "que al tiempo de ocurrencia del delito cada una de las victimas debió escuchar como sus compañeros eran acribillados, esperando que le correspondiera su turno, de modo que en atención a la forma en que se ejecutaron los fusilamientos, necesariamente tuvo que significar un padecimiento innecesario que aumentó el daño, permiten establecer a esta Corte que, conforme los móviles y circunstancias de los delitos cometidos, y el principio de proporcionalidad material de las penas, la que se adecúa de mejor forma para satisfacer ambos supuestos es aquella ubicada en el tramo superior en su parte más alta".
En la resolución, el tribunal confirmó el rechazo al recurso de casación en la forma deducido por el abogado del condenado Adolfo Born Pineda, y que éste no tuviese conocimiento de la ilegalidad de sus actos en ese entonces.