Anteproyecto constitucional tiene tres capítulos más que el primer borrador y artículos son casi la mitad
PROCESO. Los 24 integrantes de la denominada "Comisión Experta" elaboraron la propuesta de Constitución que, desde el 7 de junio, será analizada por la Comisión.
El próximo 7 de junio comenzará el trabajo de la Comisión Constitucional, cuyos integrantes fueron elegidos en mayo pasado, desde ese día, los 50 integrantes de dicho organismo deberán analizar el anteproyecto que fue redactada por la denominada "Comisión Experta" y ya está listo para ser entregado.
Las 24 personas que estuvieron a cargo de este anteproyecto, trabajaron desde el 6 de marzo y oficialmente cesarán sus funciones el 5 de junio. No obstante, ayer despacharon dicha propuesta, la que eventualmente podría quedar tal cual o con algunas modificaciones, una vez finalizado el trabajo de los constituyentes electos.
El anteproyecto para una nueva Carta Magna presenta varias diferencias al primer borrador que fue rechazado en el plebiscito de septiembre de 2022. En lo inmediato, tiene tres capítulos más que el anterior, sin embargo, los artículos son casi la mitad de los que se habían consignado en la propuesta anterior.
Detalles
En este sentido, el anteproyecto vigente cuenta con 14 capítulos (el anterior consideraba 11), que reúne 192 artículos (la propuesta anterior tuvo 388).
En el detalle, el Capítulo I se denomina: Fundamentos del Orden Constitucional, el que contiene 16 artículos una disposición transitoria.
Aquí se consignan materias como la familia, el reconocimiento de los pueblos originarios y de la interculturalidad, el Estado unitario y descentralizado, los emblemas nacionales, entre otros.
El Capítulo II, cuyo nombre es: "Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales", contiene los artículos del N°17 al N° 28. Aquí se consignan materias como Derechos y Libertades Fundamentales, Nacionalidad y Ciudadanía, Garantías de los Derechos y Libertades, Estados de Excepción, Deberes Constitucionales.
En el Capítulo III, "Representación Política y Participación", habla de los partidos políticos y los mecanismos de participación y contiene los artículos del N° 29 a N°42.
Mientras que en el Capítulo IV está destinado sólo al Congreso Nacional y está consignado desde el artículo N°43 y hasta el N°81. Allí se consignan las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputadas y Diputados y las atribuciones exclusivas del Senado, del Congreso Nacional, funcionamiento del Congreso Nacional, Estatuto parlamentario y Materias de ley.
En el Capítulo V, titulado Gobierno y Administración del Estado, están los artículos, desde el N°82 y hasta el N°113 y habla sobre el Presidente de la República, Ministros de Estado, Bases Generales de la Administración del Estado, Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden y Seguridad Pública
El Capítulo VI: "Gobierno y Administración Regional y Local", trata materias como Gobierno Regional, Gobierno Local, Territorios especiales, Desconcentración de la Administración del Estado, Descentralización Fiscal. En este capítulo están los artículos desde el N°114 y hasta el N° 143.
En tanto, en el Capítulo VII: "Poder Judicial", reúne los artículos N°144 al 154 y entre las materias están la independencia de este Poder, los fundamentos de la Función Juridisccional, entre otros.
Capítulo VIII: "Corte Constitucional", organismo que vendrá a reemplazar al actual Tribunal Constitucional y cuya función, integrantes, entre otros se detalla desde el artículo N°155 y hasta el N°150.
Mientras que en e Capítulo IX: "Ministerio Público", se detallan materias como Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas, y normas que están contenidas entre el artículo N°161 y el N° 171.
El Capítulo X, denominado "Justicia Electoral y Servicio Electoral", se detalla la función del Tribunal Calificador de Elecciones, el Servel, entre otras materias relativas a los procesos eleccionarios, este capítulo concentra los capítulos desde el N°172 y hasta el N° 174.
Capítulo XI, "Contraloría General de la República", establece entre el artículo N° 175 y hasta el N° 178, las funciones que deberá cumplir este organismo, por quién será dirigido y cómo será electo el contralor, entre otras disposiciones.
Por otra parte, el Capítulo XII, titulado Banco Central, define las funciones de este órgano que es autónomo, el mecanismo de elección de su Presidente o Presidenta, entre otros, los que están incluidos entre los artículos N° 179 al 186.
El Capítulo XIII, cuyo titulo es "Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo", incluye los artículos desde el N°187 y hasta el N°189 y se habla sobre la protección del medioambiente, desarrollo sostenible, armónico y solidario , la promoción de fuentes de energías renovables, entre otros tópicos.
Por ultimo, el Capítulo XIV: "Procedimientos de Cambio Constitucional", que agrupa a los artículos desde el N°190 y al N°192 , detalla los procedimientos que se deberán aplicar frente a proyectos de reforma a la Constitución.
Tras la entrega de este anteproyecto de nueva Constitución, los integrantes de la Comisión Constitucional tendrán un plazo de cinco meses para obtener la propuesta que se someterá a plebiscito.
5 meses tendrán los integrantes de la Comisión Constitucional para elaborar la propuesta definitiva.