Sentencian a 17 años y 183 días de cárcel a culpables por muerte de camionero
JUSTICIA. La condena de prisión se aplicó a los dos adultos involucrados. En el caso del menor de edad, el tribunal dictaminó 7 años de régimen cerrado y 3 con modalidad semicerrado.
A 17 años y 183 días de presidio efectivo fueron condenados Edgardo Rafael Siso Mosqueda y Víctor Alfredo Arcilla Arambule, dos de los tres culpables por el homicidio calificado de Byron Castillo, el joven camionero que fue asesinado en febrero de este año en la Ruta A-1 que une la capital regional con Mejillones.
La resolución del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad se dio ayer, en presencia de los imputados -los dos mayores de edad y extranjeros en condición irregular en el país-, quienes hasta ese momento cumplían prisión preventiva.
Asimismo, en la instancia se leyó lo resuelto sobre el tercer involucrado, el adolescente J.D.R.Z., quien recibió la sanción mixta de 7 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, y 3 años de internación en régimen semicerrado con el mismo programa, como coautor del delito.
En fallo unánime, se aplicó, además, a los dos adultos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
El tribunal estuvo compuesto por los magistrados Llilian Durán Barrera (presidenta), Álvaro Lezama Orellana y Patricia Alvarado Padilla (redactora).
Balance de fiscalía
Tras la lectura, el fiscal jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar -quien lideró la investigación en el caso-, declaró a este Diario que "como Fiscalía estamos conformes con la sentencia que comunicó hoy (ayer) el Tribunal". Indicó también que la condena que dictó el TOP de Antofagasta "se asemeja bastante a lo que habíamos solicitado en el caso de los adultos, y eso nos deja bastante satisfecho, por el trabajo efectuado".
Del mismo modo, el persecutor valoró "el trabajo y coordinación con Carabineros, la sección SIP de la Segunda Comisaría, también Labocar de Carabineros de esta ciudad", y destacó también la participación de la madre de Byron Castillo como querellante en el juicio oral, "por medio de su abogado, y lo mismo la Delegación Presidencial, a través de su abogado, sin duda que contribuyó al logro obtenido".
"Se rindieron bastantes pruebas testimonial, pericial, documental y fílmica, y se obtuvo una condena por homicidio calificado, que era el delito por el cual la Fiscalía había acusado", señaló el fiscal Aguilar.
Desde la Defensoría Pública, en tanto, comunicaron que se estudiarán los recursos que contempla el proceso penal para todos los casos, garantizando la debida defensa hasta las últimas instancias.
"nada lo devolverá"
De todas formas, la madre de Byron Castillo, Milenka Herrera, dijo a este Diario que "pensaba que podía ser más años. Encuentro que 17 años son muy poco para la vida de una persona".
Por esto, aseguró que apelarán para que se ascienda la pena de prisión a 20 años: "Vamos a apelar, ya que no les pueden dar cadena perpetua, por su 'irreprochable conducta', por último que les den los 20 que les corresponde. Pero ni aunque le den cadena perpetua me devolverá a mi hijo, pero al menos que sea una pena justa".
Antecedentes
Con todo, el Tribunal de Antofagasta acreditó que al mediodía del 10 de febrero del 2022 se desarrolló "un altercado en la Ruta A-1, a la altura del kilómetro 29.400, comuna de Antofagasta, en el sector donde se encuentra un paso superior a la línea férrea, entre choferes de camiones y un grupo de personas que transitaba por la ruta, entre los cuales se encontraban los acusados Edgardo Rafael Siso Mosquera, Víctor Alfredo Arcilla Arambule y J.D.R.Z".
Posterior a la pelea, la víctima, Byron Castillo, estaba solo en el lugar que está dicho paso sobre nivel. Según los antecedentes, el camionero estaba a punto de marcharse detrás de sus compañeros transportistas, quienes ya se habían retirado de la zona. "En esa oportunidad, los tres acusados, de forma deliberada y con la intención de matar a la víctima, se acercaron a esta por la espalda, de modo que no pudiera verlos, y, aprovechando su superioridad numérica, lo empujaron por la barrera del paso sobre nivel hacia el vacío ubicado entre las dos calzadas de la ruta, cayendo desde una altura aproximada de 9 metros".
"Producto de lo anterior, la víctima falleció en el lugar. Por su parte, los acusados huyeron del sitio del suceso, pero fueron detenidos con posterioridad. Según el médico forense que realizó la autopsia respectiva, la causa de muerte de la víctima fue un traumatismo craneoencefálico, compatible con una caída de altura", se desprende del fallo.
En tanto, se estipuló que, para el tribunal, los hechos acreditados permiten dar por configurada la alevosía en el actuar de los acusados.
"El ataque se realizó, objetivamente, de manera tal que la víctima no estuvo en condiciones de oponer resistencia alguna. Esto se desprende de que los acusados se abalanzaron contra la víctima por la espalda y mientras estaba solo, siendo que ellos eran un grupo de tres. Por otro lado, todo indica que los imputados actuaron en conocimiento de las circunstancias antes dichas y con el propósito específico de aprovecharse aquellas, ya que decidieron desplegar su ataque justo cuando el penúltimo camionero (…) se fue del lugar", concluye.