El 99% de los vocales designados en las elecciones de 2021 se repetirán para plebiscito
SERVEL. En los últimos procesos electorales se designaron a 7.185 personas para cumplir esa misión en la región.
El 5 de agosto pasado, en todas las juntas electorales del país, se realizó la elección de los vocales de mesa que deberán cumplir funciones en el plebiscito de salida que se realizará en septiembre.
En este sentido desde el Servicio Electoral (Servel) se confirmó que para este proceso los vocales de mesa serán los mismos de la última votación presidencial, que es la que se realizó en noviembre y diciembre del año pasado.
Ello debido a que según se establece en la legislación vigente, el nombramiento de vocales de mesa dura cuatro años, por lo que aquellas personas que fueron designadas para las elecciones de mayo 2021 y los designados para las elecciones noviembre de 2021, mantienen su nombramiento vigente "sin perjuicio de que hayan cambiado de circunscripción electoral" y sin participar del sorteo.
Al respecto según las cifras del Servel, para este 4 de septiembre del total de vocales de mesas designados, el 99% cumplió esa misma función durante 2021, mientras que el 1% corresponde a vocales nuevos.
A nivel regional, los vocales que fueron designados en 2021 fueron 7.185, de los cuales 4.270 eran de la comuna de Antofagasta y 1.975 de la comuna de Calama.
En tanto, la nómina oficial de vocales de mesa se publicará este sábado 13 de agosto. Posterior a eso, habrá un plazo para quienes necesiten excusarse y que será desde el martes 16 al jueves 18 de agosto.
Mesas
Para este plebiscito entrará en vigencia la Ley N°21.385, en el que se establece que las personas puedan votar en un recinto que esté cerca de su domicilio electoral.
En este sentido, se estableció un aumento del número de electores por mesa de 350 a 400, lo que disminuyó el número total de mesas en Chile en un 20%. En la región el número de mesas que se conformaron para las elecciones de 2021 sumaron las 1.437.
"Con ello el número de vocales con nombramiento vigente supera los cinco por mesa produciendo un exceso de vocales con nombramiento vigente, aunque su distribución no es pareja", recalcan desde el Servel.
Además especificaron que todos los electores, vocales incluidos, han sido asignados a nuevas mesas, las que cambian de numeración y contendrán un orden alfabético de electores, esos nuevos datos podrán revisarse a partir del 13 de agosto en la página www.servel.cl. En el caso de la Región de Antofagasta, también se publicarán en los diarios El Mercurio de Calama (provincia El Loa) y El Mercurio de Antofagasta (provincias de Antofagasta y Tocopilla).
No pueden designarse
No todos los electores pueden ser designados vocal de mesa, existe una nómina de personas que se eximen de esta obligación ciudadana.
En esta lista se encuentran, las personas que desempeñen cargos de elección popular.
Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta (hijo, nieto, padre, madre, abuelo) y en la colateral hasta el segundo grado inclusive (hermanos). Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer (suegros, hijos, cuñados, es decir hermanos del o la cónyuge).
Extranjeros residentes en Chile (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.
Ministros, subsecretarios, gobernadores, consejeros regionales, jefes superiores de servicios y secretarios regionales ministeriales.
Magistrados de los Tribunales, jueces letrados y jueces de Policía Local, fiscales del Ministerio Público. Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas).
Los vocales de mesa recibirán una compensación económica equivalente a dos tercios de Unidad de Fomento (UF). En tanto, las personas que no concurran a cumplir su función de vocal de mesa incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700. (1 UTM equivale a $ 52.005).
Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva. Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. Tener más de 60 años de edad.
Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.
Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento.
Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
13 de agosto se publicará la nómina de vocales de mesa para el plebiscito de salida y los locales habilitados.
$52 mil es la multa que deberían pagar las personas que no concurran a cumplir con su función de vocal de mesa.