Prioridades ciudadanas
Lo que reflejan las encuestas respecto al rechazo del texto de la nueva Constitución y a la preocupación con respecto al país donde vivimos no nace de ideologías, se trata de las reales prioridades ciudadanas de los chilenos.La prioridad no está en los pueblos ancestrales y sus posibles naciones, el feminismo a ultranza, la equidad de género independiente de las competencias ni en una cámara única legislativa sin contrapeso, a fin de que grupos organizados se perpetúen en el poder. Eso es lo que desean algunos jóvenes que saben organizarse en redes sociales, pero que no terminan sus estudios, que no le han trabajado un peso a nadie, que dependen de sus padres.
La ciudadanía chilena prioriza la seguridad de sus familias, el poder salir a la calle sin ser baleados, asaltados, sujetos a encerronas o asesinados por balas locas. Las poblaciones no desean más el terror de los narcos ni la Araucanía quiere la impunidad de organizaciones armadas que siembran el terror en la ciudadanía pacífica y trabajadora.
Basta de ideologismos que surgen desde los deseos de quienes todo lo tienen, que pasan disculpándose de las frecuentes embarradas que generan en lugar de gobernar y que pretenden aprender estando en el poder sin responsabilidad ni competencia alguna.
Las ambiciones de poder de las autoridades actuales y de quienes manipularon el desarrollo y el texto resultante de la nueva Constitución nada tienen que ver con las reales prioridades de la gente.
Nathan Novik
Prescindencia
El Gobierno de Chile no ha sido neutral ni prescindente frente al plebiscito constitucional que se aproxima. Todo vale por ganar. El sitio web Chile Vota Informado y las 692.000 copias físicas de la propuesta constitucional son prueba de ello. ¿Por qué no publican o reparten los mismos ejemplares de nuestra actual Carta Magna vigente? Informar parcialmente es desinformar.Francisco Damiano Ortega
Aportes en campaña
Es importante que entendamos que los aportes son toda contribución en dinero o bienes y servicios estimables en dinero. Es decir, no existe nada "simplemente gratis", todo trabajo voluntario debe cuantificarse monetariamente. En momentos en los que la ciudadanía exige más transparencia y probidad de la clase política, vemos cómo la campaña del Apruebo se ha nutrido de "deshonestidad intelectual", utilizando frases del buenismo como "los actores trabajan gratis, tenemos solo voluntarios". La realización de actividades masivas distan mucho de esa transparencia que se exige por ley, norma que nació precisamente debido a estos casos que no eran más que pantallas de corrupción y compra de votos. Hasta el 3 de agosto los comandos del Apruebo solo han declarado 57 millones de pesos y, claramente, eso no refleja lo que costaría ni la mitad del evento "Apruebazo" en Maipú; esto, tomando como referencia que el concierto "Calama celebra los 50 años de Illapu" costó un poco más de 40 millones de pesos. Stephen Smith Cortés
Más allá de las palabras
Lo sorprendente de algunas desafortunadas expresiones de autoridades que nos gobiernan no son solo las palabras que emiten, sino la intolerancia totalitaria de su forma de pensar y actuar. Si no pensamos como ellos, nuestro cerebro está dañado o nos pegamos en la cabeza; si no somos del mismo sector político, nuestros valores o principios son inferiores; ni no votamos como ellos, nuestra casa queda marcada. Esa intolerancia totalitaria y forma de convivencia no es la que Chile requiere y se merece. Ya la vivimos hace varias décadas y sabemos cómo terminó.Carlos Fanta De la Vega
Constitución y vivienda
La propuesta de Constitución hace más de 590 referencias a la "ley". En este contexto, muchos derechos y garantías de la propuesta constitucional deberán ser desarrollados o limitados por la ley. Una de estas materias se encuentra contenida en el Art. 78, que establece que la ley determinará, entre otros, los límites y deberes del derecho de propiedad, conforme a su función social y ecológica.
Pues bien, será el legislador el que deberá determinar el significado de "función social y ecológica de la propiedad". Esta ley, según el Art. 270 se aprueba por mayoría de diputados y diputadas presentes (con escaños reservados). Además, se debe considerar que según el Art. 268, estas materias "no son leyes de acuerdo regional", por lo que no existirá ningún contrapeso a la simple mayoría legislativa del momento para el establecimiento de deberes y límites al ejercicio de nuestro derecho de propiedad.
A diferencia de lo que establece el Art. 24 de la Constitución, que señala en qué consiste "la función social de la propiedad", la propuesta encomienda tarea al legislador. Por tanto, es válido preguntarnos ¿por qué no quedó fijado este concepto a nivel constitucional? ¿Queda realmente protegido el derecho de propiedad en la propuesta constitucional? ¿Alguna razón en especial?
Jorge Astudillo Muñoz