El 23 de marzo se dará a conocer fallo por recurso de nulidad en caso de exalcaldesa
JUSTICIA. Solitud ante la Corte Suprema busca dejar sin efecto la condena de cinco años de privación de libertad que recibió la exedil de Antofagasta por el delito de fraude al Fisco.
Este lunes concluyó la segunda sesión de alegatos en la Corte Suprema, en la que el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, respondieron a la defensa que pretende anular la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, dictada a la exalcaldesa Karen Rojo Venegas, por el denominado "Caso Main". Finalmente, el 23 de marzo se conocerá si es aceptado o rechazado el recurso de nulidad.
El viernes pasado el abogado defensor de Rojo, presentó un recurso de nulidad ante la Suprema, con el objeto de anular la pena de cinco años y un día de presidio efectivo que recibió su representada. De esta manera, podría evitar que la exalcaldesa -quien continúa en libertad- llegue a la cárcel.
En los alegatos de ese día, también tuvo su turno la defensa del exsecretario ejecutivo de la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS), Edgardo Vergara, quien busca anular su sentencia de tres años y un día.
Los dos extrabajadores del municipio fueron condenados el 18 de enero del 2021, acusados por utilizar dinero de Educación y Salud de la CMDS para contratar una asesoría comunicacional a cargo del periodista José Miguel Izquierdo, para posicionar la imagen de Rojo en la elección municipal de 2016.
Ministerio Público
En esta oportunidad, el Ministerio Público, representado por el fiscal regional Cristian Aguilar, solicitó el rechazo de los recursos de nulidad que presentó la defensa de Rojo.
Aguilar sostuvo que "lo que se dijo en definitiva, es que el tribunal al condenar por el delito de fraude al fisco a Rojo y Vergara -entendiendo la defraudación como incumplimiento de deberes funcionarios- constituye una infracción que debe ser subsanada por este excelentísimo tribunal, lo que pedimos sea rechazado".
"En definitiva lo que pretendemos transmitirles, es que lo aseverado por la defensa, en buenas cuentas supone restringir las facultades y la competencia del tribunal, para resolver el caso que ha sido sometido a su conocimiento", añadió.
Respecto a la situación de Vergara, el fiscal Aguilar aclaró que "lo que se ha dicho es que no participa en reuniones de pauta ni la ejecución misma de la asesoría prestada a la CMDS. Pero él tenía el cargo de secretario y es quien contrata por encargo de Rojo a Izquierdo, para prestar una asesoría en favor de aquella".
Cde
En la misma línea, desde el Consejo de Defensa del Estado, la abogada Rocío Rojas, también solicitó el rechazo.
Respecto al recurso de nulidad por una supuesta infracción al debido proceso, aseguró que "solicito se rechace, en ningún caso, la investigación infringió alguna de las garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución Política. Estas se desarrollaron dentro del marco de los principios de objetividad y legalidad".
Asimismo, afirmó que "esta sentencia en nada viene a apoyar la tesis de la defensa. Toda vez que se formalizó, se acusó y sentenció, fue siempre por un delito de fraude al fisco. De hecho, el fallo en el considerando 13, indica que Rojo optó de forma deliberada por instruir la celebración de un contrato de asesoría comunicacional entre la empresa Main y CMDS, en beneficio exclusivo de Rojo".
Réplicas
En su respuesta, César Ramos, abogado defensor de Rojo, dijo que "la acusación se medía en que no se prestaron los servicios a la corporación. Hay una negación. ¿Pero qué dice la sentencia? Que cumplieron insatisfactoriamente el contrato. La sentencia reconoce el hecho que la acusación negaba (...) Se desvirtúa el objeto del juicio y se cuestiona la oportunidad de la contratación como si fuera un tribunal administrativo".
Así también, el abogado defensor de Vergara, Fidel Castro, expuso que "la base fáctica varió. Eso es lo que explicamos el día viernes y mi colega lo ha reiterado. De no haberse alterado, el veredicto hubiese sido absolutorio".
"Aquí lo que se ha dicho, es que Vergara contrató al asesor comunicacional que tendría una finalidad política. Lo que el fallo no explica, es cómo es posible que se diera una instrucción si para poder contratar, la CMDS tiene todo un proceso en el que participa una cantidad significativa de personas y que el último que firma es el secretario ejecutivo", concluyó.
"Lo aseverado por la defensa (de Karen Rojo), en buenas cuentas supone restringir las facultades y la competencia del tribunal, para resolver el caso que ha sido sometido a su conocimiento".
Cristian Aguilar, Ministerio Público
"Solicito se rechace, en ningún caso, la investigación infringió alguna de las garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución Política. Estas se desarrollaron dentro del marco de los principios de objetividad y legalidad".
Rocío Rojas, Consejo de Defensa del Estado
"Lo que el fallo no explica, es cómo es posible que se diera una instrucción si para poder contratar, la CMDS tiene todo un proceso en el que participa una cantidad significativa de personas y que el último que firma es el secretario ejecutivo".
Fidel Castro, Abogado defensor de, Edgardo Vergara
"La acusación se medía en que no se prestaron los servicios a la corporación. Hay una negación. ¿Pero qué dice la sentencia? Que cumplieron insatisfactoriamente el contrato".
César Ramos, Abogado defensor de Karen Rojo