Altas expectativas genera posible caducidad del Código de Aguas
CONVENCIÓN. Agricultores y el mundo indígena esperan que esta medida les sea favorable y que proteja el recurso hídrico local para sus actividades.
Como positivo, pero a la vez con algunos grados de incertidumbre recibieron algunos sectores de la provincia de El Loa la información emanada desde la Convención Constitucional de que fue aprobada en general por la Comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico, la caducidad del Código de Aguas que data del año 1981, y de la cual esperan se vea reflejada en aspectos positivos para la agricultura y el mundo indígena.
Rubén Bustamante, presidente de la Asociación de Agricultores de Calama (ASAC), comentó que "la recibimos como una buena noticia, pero esperamos el detalle de esta y que sea efectivamente un mecanismo de protección para el recurso hídrico, tan agotado y explotado por la gran minería. Si bien es una medida atingente, esperamos que por ejemplo se devuelvan derechos de aguas a particulares y empresas que sólo especulan con estos derechos para ser vendidos al mejor postor. Y que además se vele por mejorar la actividad agraria y por supuesto el consumo humano sobre un recurso cada vez más escaso y sobre todo regulado en favor de unos pocos".
En tanto Manuel Salvatierra, presidente del Consejo de Pueblos Atacameños comentó que "vemos en esta una forma de devolver un recurso muy importante, sobre todo teniendo en cuenta que el cambio climático ha generado serios problemas en su uso ante la escasez hídrica que presenta el país. Esperamos que esta caducidad al Código de Aguas reconozca también la cosmovisión de los pueblos originarios, y que en nuestro caso es vital. Esperamos que sea una medida efectiva para devolverle a las comunidades originarias el poder de decisión sobre el recurso y también la soberanía sobre esta".
Restitución
Este proceso, que denominan de 'restitución', se desplegará en el curso de dos años, marco en el cual "los titulares de los derechos de aprovechamiento de agua que se caducan con la promulgación de esta Constitución serán susceptibles de ser indemnizados". Sin embargo, "no serán indemnizados, los que teniendo derechos de aprovechamiento los hayan utilizado para los siguientes fines: minería, agroindustria, forestales, sanitarias y cualquier otro uso a escala industrial que involucre el uso intensivo de agua".
"Este nuevo escenario abre la posibilidad de que el sector agrario de Calama pueda recuperar aguas desde el río Loa, principal afluente de riego para nuestro sector y esperamos que sea considerado por la Convención Constitucional, para que contemos con las cuotas necesarias para mantener viva nuestra actividad en el desierto más seco del mundo", dijo Rubén Bustamente.
Manuel Salvatierra en tanto agregó que "si bien históricamente y ancestralmente el agua ha sido y será el motor de vida en nuestra zona, queremos que se vea reflejada además el derecho ancestral que se tiene en el agua y el territorio, y que sea garante de su protección. Además de las consideraciones geográficas de cada comunidad en su uso y protección. Es una buena noticia y que deberemos analizar en detalle sus implicancias a futuro en nuestras comunidades".