¿Qué debe garantizar la Constitución? voces nortinas plantean sus propuestas
POLÍTICA. El texto base del ordenamiento del país entrará en debate el próximo año 2021.
El resultado del plebiscito realizado el pasado domingo no dejó dudas: la mayoría de los chilenos quiere cambiar la Constitución Política vigente.
La actual Carta Magna chilena data de 1980 y, aunque fue modificada varias veces, en especial durante el gobierno del exPresidente Ricardo Lagos, es criticada por ser herencia del régimen militar de Augusto Pinochet.
También por consolidar un papel residual del Estado en la provisión de servicios básicos, que justamente fue uno de los motivos de las protestas que se iniciaron el 18 de octubre del año pasado.
Distintos actores entregaron sus apreciaciones respecto al desafío que ahora continuará con la elección de los 155 constituyentes (cinco elegidos en la región, sin congresistas) que elaborarán el futuro texto a partir del próximo año.
¿Puede la Constitución disponer explícitamente de un modelo económico determinado? ¿Qué tipo de debate debiera darse en este ámbito?
No es razonable que la Constitución entre en demasiados detalles, tanto en lo económico como en otras dimensiones de lo político; la regla de dos tercios con que operará la próxima convención haría impracticable incorporarlos.
La Constitución Política de 1980 me parece tan compatible con un modelo económico de libre mercado como con una economía social de mercado e incluso con grados de intervención mayor, y la prueba es que durante su vigencia se introdujeron regulaciones significativas al actuar económico, que fueron perfectamente compatibles con su texto.
La Constitución del 80 ha sido reiteradamente invocada, por ejemplo, para limitar el actuar de la empresa con impacto medioambiental (art. 19 nº 8).
Una constitución sí puede contener directrices generales, que me parece que caen de cajón: la protección y la función social de la propiedad, el rol solidario y a la vez subsidiario del Estado, la libre iniciativa en materia económica, la mayor o menor exigibilidad de derechos sociales como previsión o vivienda, la independencia del Banco Central y la disciplina fiscal. Me encantaría ver un debate de ideas, lejos del economicismo (como si lo único que estuviera en juego es la clasificación del riesgo financiero de Chile) pero también realista y responsable.
Y tengo la esperanza de que ese debate se producirá, pues confío que en abril las posiciones maximalistas se verán excluidas de la convención y primará la moderación democrática.
¿Qué debe garantizar la Constitución respecto a los pueblos originarios?
Debe garantizar el reconocimiento, derechos territoriales, autodeterminación y por supuesto debe quedar plasmada la cosmovisión de los pueblos, la relación con la tierra y el agua, es fundamental para nosotros que se garanticen esos derechos. No estamos reconocidos dentro de la actual Constitución: el agua es un bien privado y las demandas territoriales no han sido resueltas, nada de eso está garantizado.
Pablo Manterola,, abogado y académico UCN, Sergio Cubillos,, presidente Consejo de Pueblos Atacameños
¿Qué debe garantizar la Constitución respecto a cuestiones de género?
Una nueva Constitución paritaria para Chile debe discutirse y redactarse usando como herramientas metodológicas la perspectiva de género y la interseccionalidad, para comprender la situación de desventaja en que han vivido y continúan viviendo las mujeres chilenas (y que es aceptada como natural) y entender cómo se cruzan en una mujer o grupo de mujeres varias condiciones o situaciones que pueden generar mayor discriminación, como ser indígena, en situación de discapacidad, situación de pobreza, etc. De esta forma la nueva Constitución paritaria podrá corregir a través de sus normas las situaciones de discriminación, desigualdad y violencia e impulsar modificaciones legales y transformaciones socioculturales que nos conduzcan a la equidad de género.
Una nueva Constitución paritaria para Chile debe sustituir el rol subsidiario del Estado (basta de subsidios y bonos) por un rol garante que otorgue acceso pleno y garantizado a todos los derechos de niñas, adolescentes y mujeres en cumplimiento de los tratados internacionales que obligan de forma específica a Chile, como la Convención para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) o la Convención Belem Do Pará.
Además, debe establecer mayor participación de mujeres comprometidas con los derechos humanos de sus compañeras en cargos de decisión y de poder social, político y económico, para que nunca más existan decisiones androcéntricas, como por ejemplo, recursos de fomento económico sin considerar las dificultades de acceso de las mujeres o fallos judiciales que vulneran a la mujer.
¿Qué debe garantizar la Constitución en materia de cuidado medioambiental?
Sea cual fuese la fórmula que la Convención Constitucional defina, la Constitución, en palabras muy simples, debe ser capaz de garantizar el equilibrio del medio ambiente, considerando las problemáticas presentes, con un enfoque de justicia ambiental, que busque una equitativa distribución de los impactos ambientales producidos y los beneficios económicos asociados a las distintas actividades que generan estos impactos, evitando la concentración de éstos en lugares que terminan concentrando y empobreciendo.
Asegurar a las futuras generaciones que vivirán en condiciones ambientales iguales o mejores a las de las generaciones que los anteceden. Esto no solo en cuanto a los componentes convencionales, sino que también a la cantidad (dificilísimo) y calidad de los recursos naturales que proveerán bienestar a nuestros hijos, nietos y los que vendrán. Y por ello es tan relevante la discusión de los escaños reservados, donde hemos visto mezquindad de parte los actores políticos tradicionales, el incorporar a las primeras naciones en esta discusión me parece sumamente trascendental. La aplicación de conceptos como el kawak kusay, buen vivir en quechua, o teko kavi, buen vivir para el mapuche, guaraní, entre otros, es uno de los elementos que los pueblos naciones pueden ayudar a pulir en la futura constitución.
Creo que debemos evitar ponerle apellidos a la Constitución Política de la República y enriquecer el texto para que hable por sí solo y de esa forma ser la casa común. La Constitución Política debe ser la casa común donde todos habitamos, no solo por quienes buscan un minuto de fama.
Alejandra Pozo,, abogada y académica UCN, Felipe Lerzundi,, consultor ambiental
¿Qué debe garantizarse respecto de emprendimiento privado?
Debería garantizar, al menos: derecho y libertad de emprendimiento y asociación; principio de no discriminación en los roles de estado empresario y emprendimiento privado; expropiación justa y compatibilidad de provisión pública y privada de bienes públicos, buscando maximizar el beneficio social. A solucionar: la modernización y descentralización del Estado en su rol regulador, fiscalizador y promotor del emprendimiento e innovación y de las pymes en general.
¿Qué debe garantizarse en materia de descentralización?
Descentralizar y transferir mayor poder a los territorios, de forma tal de pasar de ser una región administradora de políticas públicas nacionales a un gobierno regional con mayor autonomía, es una demanda muy sentida por la Región de Antofagasta. En esto de consagrar que las autoridades se deban a las problemáticas del territorio, a los dolores de sus habitantes y que los actores regionales adhieran a la construcción de un proyecto con identidad regional, nos debe llevar a repensar el modelo de Estado que hoy nos define.
La visión planificada centralmente de la organización que establece la Constitución vigente no ha sabido interpretar el espíritu, ni los anhelos de las regiones. Por ello es deseable una estructura de Estado que garantice la descentralización en general y la descentralización fiscal en específico. Para las regiones es imprescindible avanzar hacia su independencia financiera y hacia una mayor participación en el gasto nacional. Sin embargo, ello deberá estar acompañado por un mayor control local y social del mismo, mayor y mejor información.
Este es el momento para abordar a fondo la discusión faltante para las regiones: sus finanzas públicas. Hecho que demandará sin duda una tremenda responsabilidad y voluntad política para corregir estructuralmente la insostenible disparidad que las lesiona en su desarrollo.
¿Puede o debe estar garantizada una "educación gratuita y de calidad"?
El art. 19 nº 10 de la Constitución vigente, garantiza el acceso universal a la educación gratuita desde prekinder a 4º medio. Ahora, garantizar constitucionalmente una "educación de calidad", más allá de una mera declaración, requeriría necesariamente una definición respecto a ese concepto ("calidad de la educación") y luego, la determinación de ciertos estándares objetivos sobre los cuales establecer un rol garante del Estado que pueda ser fiscalizado y exigido.
El acceso universal a una educación gratuita está condicionado, en cierto modo, al crecimiento demográfico de la región, el cual no ha ido a la par del crecimiento de la oferta de cupos en los establecimientos educacionales gratuitos, sean del sistema público o subvencionado. Esta situación será cada vez más crítica, considerando que la reforma educacional dejó sin posibilidades de crecer al sistema particular subvencionado. Por tanto, ya no habrá cupos en establecimientos gratuitos de la región para los estudiantes que lo requieran.
Fernando Cortez,, gerente AIA, Esther Croudo,, directora ejecutiva Alianza Antofagasta, Jorge Lawrence,, presidente de Copanor