Explican la diferencia entre Convención Mixta y Constituyente
PLEBISCITO. En abril de 2020 los chilenos, deberán acudir a las urnas y optar por una de estas dos opciones.
Ayer el Presidente de la República, Sebastián Piñera realizó la convocatoria para participar del plebiscito habilitante, programado para el domingo 26 de abril de 2020. Sufragio que dará inicio a un eventual proceso constituyente.
Durante esta votación, los chilenos y extranjeros habilitados para sufragar, deberán responder dos preguntas: la primera es para aprobar o rechazar la creación de una nueva Constitución Política.
La segunda pregunta, se deberá responder, independiente de si aprueba o rechaza una nueva Carta Magna.
Esta tiene relación con el organismo que debiera redactar la nueva Constitución y para ello habrá dos opciones: Convención Mixta y Convención Constituyente.
Se trata de convenciones que se diferenciarán por el número y también por el tipo de integrantes que la conformarán.
En este sentido, el académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Antofagasta (UA), Jerson Valencia explica las características de cada una de ellas, para que los chilenos puedan votar informado.
Valencia explica que una Convención Constitucional cumple con las características de una Asamblea Constituyente, es decir, la de ser un órgano integrado por ciudadanos electos por sufragio universal.
"Tiene una sola finalidad que es proponer un nuevo texto constitucional, el cual, deberá ser ratificado por toda la comunidad política vía plebiscito", precisó.
Respecto a la Convención Mixta, el docente explica que, "se integra en un 50% por ciudadanos electos específicamente para ser parte de dicha convención y en un 50% por diputados y senadores en ejercicio".
Agrega además que, "lo importante de una Convención Constitucional, a diferencia de un Congreso Nacional o la Convención Constitucional Mixta, es que ésta se disuelve una vez culminada dicha tarea, adquiriendo sus miembros un mayor grado de imparcialidad al no ser incumbentes", detalló.
Número de integrantes
Según a lo que se estableció en el acuerdo despachado desde el Congreso para el proceso constituyente. La convención Constituyente contará con 155 integrantes, los que serían electos en octubre de 2020, mediante el sistema proporcional que se utiliza para la elección de diputados.
Los integrantes de esta Convención no pueden ser candidatos a cargos de elección popular, mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que se cesen en su cargo.
En el caso de la Convención Mixta, estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 serán ciudadanos electos por sufragio popular y 86 parlamentarios que serán elegidos por los diputados y senadores en ejercicio.
Los integrantes de las convenciones, a excepción de los parlamentarios, recibirán una remuneración equivalente a las 50 Unidades Tributarias mensuales (UTM), es decir unos $2 millones 500 mil, más asignaciones.